Scroll Top

Condiciones mínimas de habitabilidad

Condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas preexistentes, construidas con anterioridad al 11 de agosto de 1984.

Composición

Todas las viviendas usadas o preexistentes tienen que estar compuestas, como mínimo, por una sala, una cámara higiénica y un equipo de cocina.

Construcción

La construcción que conforma o afecta a la vivienda debe:

  • a. Ser sólida.
  • b. Evitar que rezume humedad.
  • c. Ser estanca a las aguas pluviales.
  • d. Evitar la inundación de la vivienda.
  • e. Tener el suelo pisable, tanto de la vivienda como de su acceso. El suelo tiene que estar completamente pavimentado, no ser polvoriento y no implicar peligro para las personas. Donde haya un desnivel superior a 0,60 m se tendrá que disponer de elementos protectores o barandillas resistentes a los golpes.

Superficie útil interior

La superficie útil mínima de las viviendas usadas o preexistentes a la entrada en vigor de este Decreto es de 20 m².

Excepcionalmente, se admiten viviendas con una superficie útil mínima de entre 15 m² y 20 m² que hayan sido construidas con licencia de obras solicitada antes del 1 de febrero de 1984 y que dispongan de cédula de habitabilidad vigente obtenida antes de la entrada en vigor de este Decreto.

Piezas

La sala es un espacio de uso común que tendrá que disponer de una superficie útil no inferior a 10 m², sin ningún estrangulamiento en planta inferior a 1,40 m, excepto en el paso entre sala de estar-cocina, admitirá la inscripción de un cuadrado que mida 2,40 × 2,40 m y no contendrá ningún aparato higiénico.

La sala tendrá que disponer de una apertura en fachada al espacio público, patio de manzana o patio de parcela, directa o a través de una galería, de modo que entre 0,80 m y 2,00 m de altura tenga como mínimo una superficie de 0,80 m², y no podrá hacerse, en ningún caso, a través de la sala, la ventilación obligatoria de ninguna otra pieza. Si la apertura es al patio de parcela, este no tendrá una superficie en planta inferior a 4 m² y permitirá la inscripción de un círculo de 1, 80 m de diámetro.

Si la sala de estar-comedor integra el espacio del equipo de cocina (EMC), la superficie útil mínima será de 14 m². La superficie vertical abierta que relacione estos dos espacios no será inferior a 1,40 m².

Las habitaciones deberán tener una superficie útil no inferior a 5 m² y admitir la inscripción de un cuadrado que mida en planta 1,80 × 1,80 m. Se tendrán que poder independizar y no podrán contener ningún inodoro, lavadero o vertedero, ni el equipo obligatorio de cocina o de lavado de ropa.

Las habitaciones tendrán que disponer de una apertura en fachada al espacio público, patio de manzana o patio de parcela, directa o a través de una galería, de manera que entre 0,80 m y 2,00 m de altura tengan, como mínimo, una superficie de 0,40 m².

Equipo

El equipo mínimo del que tiene que estar dotada una vivienda para que sea habitable debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener una instalación de agua fría y caliente que:
  • Esté en buen estado.
  • Como mínimo, sirva al fregadero de la cocina, a un lavabo y a una ducha o bañera.
  • Tenga un punto de luz con interruptor independiente en cada pieza.
  • Tenga un enchufe para cada aparato de equipo obligatorio.
  • Tenga dos enchufes en la sala y en la cocina, y uno en las habitaciones. En caso de que la sala contenga el equipo de cocina, tiene que disponer como mínimo de cuatro enchufes.
  • No implique un riesgo para las personas ni perturbaciones en el funcionamiento normal de otras instalaciones.
  • Disponga, como mínimo, de un interruptor de control de potencia (ICP).
  • Disponer de un equipo higiénico, entendido como los aparatos higiénicos que, con la dotación de agua corriente correspondiente y el desagüe, están destinados a la higiene y evacuación del cuerpo humano.
  • Tener instalado un equipo de cocina de forma que:
    • Esté formado como mínimo por un fregadero y un aparato de cocción eléctrico o de gas.
    • Tener instalado o admitir directamente la instalación de un equipo de lavado de ropa de modo que en el espacio previsto haya, como mínimo, una toma de agua fría, un desagüe y una toma de corriente.